Oportunidad y servicio Sena
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. Aprender a aprender: creatividad para la formación de
estudio
. Aprender a hacer:
se involucra la ciencia y tecnología en función del sector productivo
. Aprender a ser: ser solidario hacer en pro para el país
.aprender a gestionar: procesos para el cumplimiento y no
vararse por cualquier cosa
Donde debemos tener un plan b, aprender a trabajar en
equipo y desarrollar enfoque profesionales integrales y marcar la diferencia en el mercado se responde por las necesidades de resolver problemas del contexto , ser objetivos en las redes de conocimiento y ser avil ,
debemos ser un buen ser humano,equidad,tolerancia,solidaridad,convivencia
democracia,responsabilidad,social y ambiental para ser un buen trabajador es autónomo critico reflexivo, argumentativo, propositivo,
investigador innovación para la formación Existe calidad, productividad, competencias
El fondo enprender el artículo 40 de la ley 789 de 2002 se creó el fondo recurso económico Es un Fondo creado por el Gobierno Nacional para financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por alumnos del SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación, alumnos o egresados de cursos del SENA en el programa jóvenes rurales y línea de formación de líderes del desarrollo, estudiantes que se encuentren cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994, personas que hayan concluido materias dentro de los últimos doce (12) meses, profesionales universitarios cuyo primer título haya sido obtenido durante los últimos 24 meses, estudiantes o egresados que se encuentren cursando especialización y/o maestría que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 12 meses. Las condiciones de beneficiarios del Fondo Emprender se establecen ampliamente en el Acuerdo 004 del 26 de marzo del 2009.
El Fondo Emprender se rige por el derecho privado, y su presupuesto está conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje de que trata el artículo 34 de la ley 789 del 2002, así como por los aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías y recursos de fondos de inversión públicos y privados.
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